Planes de Conciliación

Proigualdad > Servicios > Planes de Conciliación

Planes de Conciliación 

¿Qué dice la ley?
El artículo 44 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres establece que:

los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral se reconocerán a los trabajadores y las trabajadoras en forma que fomenten la asunción equilibrada de las responsabilidades familiares, evitando toda discriminación basada en su ejercicio

¿Qué ofrece Proigualdad?

  • Diagnóstico de situación de la empresa en materia de conciliación de la vida personas, familiar y laboral.
  • Diseño de un Plan de Conciliación con medidas a aplicar en función de las necesidades de la plantilla y de la capacidad organizativa de la entidad.
  • Asistencia técnica en la aplicación de medidas de conciliación:
    • Flexibilidad horaria
    • Gestión del teletrabajo
    • Políticas de desconexión digital
    • Mejora de los permisos legales
    • Beneficios sociales